Solvencia económica · Resolución 407/2026

«Ingresos locales» y residencia permanente en Paraguay: qué pide realmente Migraciones

Desde el 6 de julio de 2026, obtener la residencia permanente en Paraguay supone probar ingresos verificables. Una expresión circula por todas partes —«hacen falta ingresos locales»— y confunde a casi todo el mundo. Esto es lo que el marco exige realmente, lo que no está zanjado y las cinco ideas falsas más extendidas.

Publicado el 22 de julio de 2026·12 min de lectura

Escritorio luminoso en Asunción: carpetas apiladas, un sello y un portátil, vegetación tropical tras el ventanal
Ilustración generada por IA

« Ingresos locales »: la expresión que confunde a todos

Una frase circula desde el verano de 2026 en todos los grupos de expatriados: «para la residencia permanente se necesitan ahora ingresos locales». Muchos la entienden al pie de la letra: un cliente paraguayo, un empleador paraguayo, un bien inmueble alquilado en el país. Esa lectura es incorrecta y desalienta a candidatos perfectamente elegibles.

Lo que la administración migratoria pide no es que la fuente de sus ingresos sea paraguaya. Pide que su actividad deje una huella fiscal verificable en Paraguay. Para un trabajador independiente, esa huella adopta la forma de un número de identificación fiscal —el RUC (Registro Único de Contribuyentes)— y de las declaraciones de IVA (Impuesto al Valor Agregado) de los tres meses anteriores a la solicitud.

La confusión nace de un malentendido sobre la territorialidad. El principio no ha cambiado: Paraguay grava las rentas de fuente paraguaya y deja las rentas extranjeras fuera de su ámbito. Lo que la nueva resolución añade no es una regla de imposición, es una exigencia probatoria. El criterio es documental.

Dicho de otro modo: su actividad debe existir ante el fisco paraguayo. De dónde provengan sus clientes es otra cuestión.

Residencia permanente, residencia fiscal, cédula: tres cosas distintas

Antes de seguir, conviene disipar una confusión que sale cara porque hace buscar los documentos equivocados en la ventanilla equivocada. Tres estatus se parecen y no tienen nada que ver.

  • El permiso de residencia —permiso de residencia temporaria, luego residencia permanente— corresponde a la Dirección Nacional de Migraciones (en adelante, Migraciones). Es el que lo autoriza a usted a vivir legalmente en Paraguay. El carné de residencia temporaria cubre los dos primeros años; el carné de residencia permanente lo reemplaza después.
  • La cédula (cédula de identidad paraguaya) es el documento de identidad paraguayo. Deriva del permiso de residencia, pero no es ni el mismo documento, ni la misma administración, ni la misma ventanilla.
  • La residencia fiscal depende, en cambio, de la administración tributaria. Convertirse en residente fiscal se materializa mediante un certificado de residencia fiscal, válido por un año, expedido en un plazo de diez días hábiles a un contribuyente inscrito en el RUC y al corriente de sus obligaciones.

Un residente permanente paraguayo no es, por tanto, automáticamente residente fiscal, y lo contrario también es cierto. Cómo obtener la residencia fiscal en Paraguay responde a criterios propios, que no fueron modificados por la reforma migratoria de 2026. Conviene ver todo el procedimiento de residencia así: dos administraciones, dos conjuntos de documentos, un único calendario que respetar.

Lo que la Resolución 407/2026 exige realmente para la residencia permanente

La Resolución DNM n.° 407/2026 está vigente desde el 6 de julio de 2026 y se aplica a los expedientes presentados a partir de esa fecha. Unifica los criterios derivados de la Ley 6984/2022 y del Acuerdo de Residencia del Mercosur, y suprime la mención de la profesión en el carné impreso.

El texto define doce categorías de solvencia económica: profesionales, técnicos, asalariados, trabajadores independientes del comercio o de los servicios, trabajadores a distancia y nómadas digitales, propietarios inmobiliarios, accionistas o socios, agricultores y ganaderos, religiosos, jubilados o pensionados, personas a cargo, estudiantes.

Dos exigencias atraviesan todas esas categorías:

  • ingresos verificables, documentados;
  • la prueba del ejercicio efectivo de la actividad declarada.

El segundo punto es el verdadero cambio. Un título apostillado, que antes bastaba para acreditar la calidad de profesional, ya no cumple por sí solo la condición. Ahora hay que demostrar una actividad en curso.

Una palabra sobre lo que el texto no dice, porque es ahí donde se alojan la mayoría de los errores leídos en otros lugares: la resolución no publica ningún umbral de ingreso mínimo. Ni salario mínimo, ni múltiplo, ni piso cifrado de ninguna clase. La apreciación de la solvencia corresponde a la administración a la vista del expediente. Quien le anuncie un importe preciso le está dando una interpretación, no una regla.

Los documentos esperados según su perfil

He aquí los perfiles más frecuentes entre los expatriados y la pieza central esperada para cada uno. Las demás categorías —socio, agricultor, religioso, estudiante, persona a cargo— siguen la misma lógica: un justificante verificable de la actividad o de los ingresos.

Perfil Pieza central Precisión
Trabajador independiente (comercio o servicios) Inscripción en el registro de contribuyentes (RUC) + declaraciones de IVA de los 3 últimos meses Es la formulación oficial. No añada nada más al expediente por lo que diga un foro.
Jubilado o pensionado Certificado de pensión en el que conste el importe Apostillado y traducido, como todo documento público extranjero
Asalariado en teletrabajo para un empleador extranjero Certificación del empleador en la que consten los ingresos Apostillada y traducida
Propietario inmobiliario Título de propiedad inscrito en los registros públicos Bien poseído desde hace al menos dos años

Dos observaciones útiles. En primer lugar, la prueba de solvencia económica se suma al soporte documental habitual: pasaporte válido, acta de nacimiento íntegra, certificado de antecedentes penales. Todos los documentos necesarios para el expediente siguen el mismo circuito cuando provienen del extranjero: apostilla, luego traducción jurada en Paraguay. La apostilla no es nada propio de esta resolución.

En segundo lugar, un certificado de pensión o una certificación de empleador dispensa de todo el engranaje fiscal que se describe más abajo. Cuando esta vía está abierta para usted, es con mucho la más sencilla: no tiene que abrir un RUC ni presentar declaraciones.

Cómo funciona realmente el sistema paraguayo

Para entender por qué tantos candidatos quedan atascados, hay que mirar la cadena completa. Empieza mucho antes de la cita en Migraciones.

La cédula precede al RUC

Desde la resolución general n.° 133/2023, el identificador RUC de un extranjero residente —temporario o permanente— es el número de su cédula paraguaya. El carné de Migraciones ya no sirve como identificador fiscal.

Consecuencia práctica, y que pesa mucho en el calendario: la cédula, documento de identidad paraguayo, se obtiene primero. Se retira personalmente. Obtener un número de identificación fiscal supone, por tanto, haber superado ya esa etapa. El certificado cualificado de firma electrónica, indispensable para facturar electrónicamente, también se retira personalmente en una oficina de la administración tributaria: estos trámites administrativos no se realizan a distancia.

El país funciona con el documento

El sistema paraguayo es declarativo, pero respaldado por la factura. Una declaración de IVA se apoya en las facturas emitidas durante el período. No se declara una cifra sacada de la nada: corresponde a documentos emitidos.

La obligación de facturación electrónica, por su parte, es escalonada. La administración designa nominalmente a grupos de contribuyentes, según un calendario que va de marzo de 2025 a septiembre de 2027 (resoluciones generales DNIT 21/2024 y 52/2026). No existe una fecha única a partir de la cual todo el mundo migre.

Un punto a menudo mal expuesto: el artículo 9 de la resolución 21/2024 sí impone a los nuevos inscritos en el registro de contribuyentes facturar electrónicamente desde su inscripción, a partir del 1 de abril de 2025 —pero únicamente a las personas jurídicas. Una persona física no está automáticamente sometida a esa obligación. Crear una empresa en Paraguay y ejercer a nombre propio no corresponden, por tanto, al mismo régimen.

e-Kuatia’i, la herramienta gratuita

La administración pone a disposición una solución de facturación electrónica gratuita, e-Kuatia’i (solución gratuita para pequeños contribuyentes), reservada a los pequeños contribuyentes que tengan un solo establecimiento y un solo punto de expedición declarados en el RUC. La adhesión voluntaria está abierta a las personas físicas desde el 1 de octubre de 2024, y a las personas jurídicas pequeños contribuyentes desde el 2 de enero de 2025. El acceso se solicita desde el portal Marangatú (sistema de gestión tributaria). Quien se adhiere voluntariamente debe pasar al sistema completamente electrónico dentro de los doce meses siguientes a su primera factura electrónica.

Quienes emitan mediante su propio programa informático o un prestador utilizan el circuito e-Kuatia (sistema de facturación electrónica), sometido a la misma lógica de calendario.

Marangatú, el portal central

Marangatú es el sistema de gestión tributaria del país. Declaraciones, gestión del RUC, generación de la boleta de pago (comprobante de pago), solicitud de habilitación como facturador electrónico: todos los trámites pasan por ahí. El acceso se realiza con una clave de acceso (contraseña personal) confidencial, y los mensajes oficiales de la administración llegan a un buzón dedicado, Marandú (buzón de notificaciones).

Una referencia para no perderse: la administración tributaria se denomina hoy DNIT (Dirección Nacional de Ingresos Tributarios), creada por la Ley 7143/2023, que absorbió a la antigua SET y a la dirección de aduanas. Pero los dominios set.gov.py siguen activos y oficiales —es allí donde se encuentran las plataformas que usted utilizará a diario. Ver «DNIT» y «SET» convivir no tiene nada de anormal.

El calendario que sorprende a todo el mundo

La declaración de IVA (formulario 120, versión 4) es mensual. Su vencimiento no es el mismo para todos: depende del último dígito de su RUC, según el «Calendario Perpetuo» (calendario fiscal perpetuo) de la administración tributaria.

Último dígito del RUC Vencimiento, cada mes
0 el 7
1 el 9
2 el 11
3 el 13
4 el 15
5 el 17
6 el 19
7 el 21
8 el 23
9 el 25

Si el vencimiento cae en día inhábil, se traslada al primer día hábil siguiente. Este mismo calendario rige el IVA, el IRP (Impuesto a la Renta Personal) y los impuestos sobre los ingresos.

El IRP —el impuesto sobre la renta de las personas físicas, que grava las rentas de fuente paraguaya— es anual. La declaración (formulario 104) cubre el ejercicio cerrado al 31 de diciembre y se presenta en marzo del año siguiente, en la fecha que le asigna, una vez más, el último dígito de su RUC. Se compone de dos regímenes que no deben confundirse: el IRP-RSP (Impuesto a la Renta de Servicios Personales), con tasas progresivas del 8 %, 9 % y 10 %; y el IRP-RGC (Impuesto a la Renta de las Ganancias de Capital), al 8 % fijo. Es el error más frecuente entre los nuevos contribuyentes —y en los contenidos que hablan de ello.

En cuanto al pago, se admiten tres vías: el pago electrónico desde un banco afiliado, es decir, desde una cuenta bancaria abierta en Paraguay, el pago de una boleta de pago en una ventanilla de cobranza habilitada (Aquí Pago y Practipago son mencionados oficialmente), o la tarjeta de crédito o débito a través de los procesadores habilitados.

Pasar de la residencia temporaria a la residencia permanente: el calendario

El engranaje fiscal solo cobra sentido cuando se lo sitúa en el calendario migratorio.

El estatus de residente temporario vale hasta dos años. La solicitud de residencia permanente se presenta idealmente tres meses antes del vencimiento del carné. Existe una tolerancia de un mes después del vencimiento, acompañada de una multa oficial de 702 462 Gs. Vencido ese plazo, hay que prorrogar la residencia temporaria, lo que posterga todo en la misma medida.

Haga el cálculo hacia atrás: si su expediente exige tres meses de declaraciones de IVA, y si debe solicitar la residencia permanente tres meses antes del vencimiento de su carné de residencia temporaria, entonces el RUC debe estar activo —y la cédula obtenida— bastante antes. Esa es la verdadera trampa de la reforma: no es jurídica, es cronológica. La transformación de la residencia temporaria en residencia permanente se prepara durante los dos primeros años, no el mes de la presentación.

Una vez obtenida la residencia permanente, el estatus pasa a ser «definitivo»: el carné de residente se renueva cada 10 años, y una visita al Paraguay cada 3 años basta para conservarlo.

Si quiere situar su propio calendario y los costos oficiales correspondientes, nuestro estimador de costos le proporciona un plan cifrado en pocos minutos.

Facturar a un cliente en el extranjero: el punto que no está zanjado

Un trabajador independiente instalado en Paraguay factura, por lo general, a clientes establecidos en otro país. ¿Debe aplicar el IVA a esas facturas?

La respuesta no está consolidada. La administración tributaria ha sostenido que un servicio sigue estando gravado siempre que se realice desde el territorio paraguayo. Algunos estudios locales aplican, por el contrario, la exoneración cuando el servicio es utilizado y explotado fuera del país. Ambas posiciones se apoyan todavía en la antigua Ley 125/1991, lo que no ayuda. Y ningún régimen de «exportación de servicios» comparable al que existe para los bienes está formalmente establecido.

No zanjaremos este punto y le invitamos a desconfiar de cualquier fuente que lo zanje con tono tajante. Haga analizar su situación por un contador (contable) paraguayo; si la cuantía económica es significativa, una consulta ante la administración tributaria permite asegurar la posición.

Una advertencia que cuenta

Circula un consejo, presentado como un truco: emitir una factura a una contraparte que no le ha comprado nada —un bróker, una plataforma de intercambio de criptomonedas, un sitio de juego— por el solo motivo de que usted obtiene ingresos de allí.

Eso no es un truco. Es una operación sin realidad económica. Documentar una prestación que no ha tenido lugar lo expone a un ajuste fiscal y debilita justamente el expediente que usted busca construir, puesto que la resolución exige la prueba del ejercicio efectivo de la actividad declarada. Una factura que no corresponde a nada no prueba ningún ejercicio efectivo.

La vía sólida es más aburrida y mucho más segura: declarar la actividad tal como existe, con facturas que correspondan a prestaciones reales.

Cinco ideas falsas que circulan

«La resolución se aplica desde el 1 de julio de 2026.» No. Está vigente desde el 6 de julio de 2026, para los expedientes presentados a partir de esa fecha. La fecha del 1 de julio aparece reiteradamente en canales no oficiales; la de junio de 2026 también. Las dos son falsas.

«Hay que declarar como mínimo tal importe.» Ningún umbral está publicado —ni el salario mínimo local, ni un múltiplo de este. La solvencia económica se aprecia a la vista del expediente.

«Se necesita un cliente paraguayo, o un bien inmueble en Paraguay.» El texto pide declaraciones fiscales paraguayas, no un comprador paraguayo. La propiedad inmobiliaria es una de las doce vías posibles, no una condición general.

«El IVA se paga antes del 20 del mes.» El vencimiento depende del último dígito de su RUC y se escalona del 7 al 25. El día 20 no figura en ningún calendario oficial.

«Una declaración en cero impide obtener el certificado de residencia fiscal.» El certificado de residencia fiscal exige estar inscrito en el RUC y al corriente de sus obligaciones: presentar una declaración, aunque sea en cero, cumple con la obligación declarativa. No traslade la lógica migratoria al terreno fiscal: la residencia fiscal paraguaya y la solvencia migratoria son dos regímenes distintos, gestionados por dos administraciones distintas, con dos conjuntos de criterios.

Lo que hay que recordar

La Resolución 407/2026 no ha territorializado sus ingresos. Ha elevado el nivel de prueba. Lo que pide es que su actividad exista y se vea en los registros paraguayos.

La cadena es breve de enunciar y larga de recorrer: cédula, RUC, facturas, declaraciones. Pasa por retiros presenciales y exige anticipación en el calendario —tres meses de declaraciones no se improvisan la víspera de la presentación.

Dos puntos quedan abiertos, y más vale saberlo que creer lo contrario: ningún importe mínimo está publicado, y el tratamiento en el IVA de los servicios facturados fuera de Paraguay no está zanjado. Sobre lo demás, los textos son legibles —y la principal dificultad de un expediente de residencia permanente en Paraguay sigue siendo el orden en el que se encaran los trámites.

Preguntas frecuentes

¿Hacen falta clientes paraguayos para obtener la residencia permanente en Paraguay?

No. La Resolución 407/2026 pide ingresos verificables y la prueba del ejercicio efectivo de la actividad declarada. Para la categoría de trabajador independiente, eso se traduce en la inscripción en el registro de contribuyentes (RUC) y las declaraciones de IVA de los tres últimos meses. El texto no condiciona nada a la nacionalidad ni al domicilio de sus clientes.

¿Qué importe hay que declarar para obtener la residencia permanente?

Las autoridades migratorias no publican ningún umbral. Los contenidos que anuncian un importe mínimo —el salario mínimo local o un múltiplo de este— ofrecen una interpretación, no una regla publicada. La solvencia económica se aprecia a la vista del expediente.

¿Siguen bastando las declaraciones en cero?

La resolución exige ingresos verificables y el ejercicio efectivo de la actividad declarada. Por construcción, una declaración de IVA vacía no demuestra actividad alguna. Conviene no confundir dos regímenes distintos: el certificado de residencia fiscal que emite la administración tributaria exige estar al día en las obligaciones declarativas, algo que una declaración en cero cumple. Solvencia migratoria y obligaciones fiscales dependen de dos administraciones diferentes.

¿Basta todavía con un título apostillado?

No. Es uno de los cambios de fondo de la Resolución 407/2026: exige documentación que demuestre ingresos verificables y el ejercicio efectivo de la actividad profesional, laboral o económica declarada. El título por sí solo ya no cumple esa condición.

¿Se puede obtener un RUC sin cédula paraguaya?

Desde la Resolución General n.º 133/2023, el identificador RUC de un extranjero residente es el número de su cédula paraguaya — el carnet de migración ya no sirve como identificador. En la práctica, la cédula precede al RUC, y se retira en persona, igual que el certificado de firma electrónica necesario para la facturación electrónica.

¿Hace falta una cuenta bancaria paraguaya para la residencia permanente?

La resolución no exige cuenta bancaria local, y el depósito bancario que existía antes de la reforma de noviembre de 2022 fue suprimido. Una cuenta local sí facilita el pago mensual del IVA — aunque la administración tributaria también admite el pago de una boleta de pago en una boca de cobranza habilitada y el pago con tarjeta a través de las procesadoras habilitadas.

¿Hay que aplicar IVA a una factura dirigida a un cliente establecido en el extranjero?

Este punto no está estabilizado en Paraguay. La administración tributaria ha sostenido que un servicio sigue siendo gravado cuando se realiza desde el territorio paraguayo; despachos locales aplican la exoneración cuando el servicio se utiliza y aprovecha fuera del país. Ambas lecturas se apoyan todavía en la antigua ley 125/1991. Haga analizar su caso por un contador paraguayo, y mediante una consulta a la administración tributaria si el importe en juego es significativo.

Fuentes

  1. Dirección Nacional de Migraciones — régimen de acreditación de solvencia económica para extranjeros (Resolución DNM 407/2026)
  2. DNIT — Calendario Perpetuo (vencimientos de IVA, IRP y rentas)
  3. DNIT — e-Kuatia'i, facturación electrónica gratuita para pequeños contribuyentes
  4. DNIT — Resolución General n.º 21/2024 (calendario de obligatoriedad de la facturación electrónica)
  5. DNIT — inscripción en el RUC de extranjeros: la cédula pasa a ser el identificador (RG 133/2023)
  6. DNIT — impuesto a la renta personal (IRP)
  7. DNIT — certificado de residencia fiscal
  8. DNIT — pago de impuestos

Este artículo ofrece información general, vigente a la fecha indicada. No constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. La normativa migratoria paraguaya cambia rápido: verifique siempre su caso con un profesional antes de iniciar un trámite.

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